El Taller de escultura en Bellas Artes.

Resumen:

El profesor ha de ser un ejemplo del dominio de sus propias materias. Ya que están orientadas hacia la vida laboral, han de incluir conocimientos básicos en seguridad. El presente artículo complementa los conocimientos de la prevención de riesgos en los talleres de arte. Tradicionalmente la práctica artística ha sido un mundo de secretos individuales. Mezclar la inspiración con protocolos de trabajo seguro parece contraproducente. Sin embargo, el desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales alcanza también a nuestro ámbito. Herramientas manuales y eléctricas, máquinas pesadas y materiales muy diversos son habituales en el taller de los escultores y pueden ser desgraciadamente motivo de accidentes. Además de esto, las prácticas se llevan a cabo por alumnos en período de formación. Urge, por tanto, incorporar métodos seguros en la programación docente de Bellas Artes. Queremos facilitar el acceso a las bases legales generales de la legislación española y los conocimientos mínimos necesarios para que un profesor lleve a cabo su propio control de riesgos.

Palabras clave: Arte y seguridad. Programación docente. Protocolos de trabajo. Legislación laboral.
Abstract:

The teacher has to be an example of someone who is in command of their own subject. Seeing as these are directed toward the working world, they should include a basic knowledge of safety. The present article is complement of knowledge in the prevention of risks in the art workshops. Traditionally artistic practice has been a world of individual secrets. Mixing inspiration with protocols of safe work appears counterproductive. However, the development of the Law of Prevention of Labour Risks also extends to our area. Manual and electrical tools, heavy machinery and very diverse materials are common in sculptors´ workshops and can, unfortunately, be the cause of accidents. In addition to this, the practices are carried out by students during their training. Therefore, there is a matter of urgency to incorporate safe methods in the educational programming of Fine Arts. Below we indicate the general rules in the Spanish Legislation and minimum knowledge needed for a teacher to carry out their own risks control.

Keywords: Art and safety. Educational programming. Work protocols. Spanish labour legislation.

1.- Base legal y objeto del presente estudio

El tiempo, antes que oro, es vida y si el trabajo ocupa gran parte de nuestro tiempo, que cedemos a cambio de un salario, esto no puede ni debe ser a cambio de nuestra vida. (Cárcoba, A. 1996: 468)

Los objetivos del progreso económico están justificados sólo si el mismo se centra en los seres humanos y su bienestar social (Berlinguer, J. 1996: 368)

Esta investigación pretende revisar la seguridad de la docencia en Bellas Artes. y aportar con ello una mejora en las programaciones docentes. La prevención laboral en arte se basa en muchas ocasiones en el sentido común, aunque la legislación nos obliga a su cumplimiento. Podemos y debemos aprovechar los nuevos Planes de estudio para reflexionar sobre las prácticas y actividades que revisten algún tipo de riesgo. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (L.P.R.L. de aquí en adelante) en sus artículos 14 y 17 dicta que la prevención ha de tener carácter actualizante, pues cambian, como ya lo están haciendo, las condiciones asociadas al trabajo. En esto radica la oportunidad de estas líneas. Hemos de hacer frente a situaciones inaceptables asumidas como normales, eliminando todos los peligros para la salud o la integridad física. Debemos advertir que en prevención todo esfuerzo que se realiza es ingrato, pues es una inversión invisible. Se trabaja en seguridad para que no ocurra nada, sin una utilidad palpable e inmediata. Así, engañosamente podemos llegar a la conclusión que el dinero invertido se malgasta.

El objeto del presente trabajo es enseñar a evaluar el estado de la seguridad de los talleres de Escultura a partir de la legislación española, observando las instalaciones, las actividades y los procedimientos de trabajo. Todo ello, a fin de tomar decisiones sobre la necesidad de ejecutar aquellas medidas encaminadas a la eliminación o disminución de los riesgos derivados de la docencia que se imparte. Nos amparamos en que la seguridad en el trabajo es un derecho de los trabajadores. El artículo 40.2 de la Constitución española dice: Asimismo, los poderes públicos (…) velarán por la seguridad e higiene en el trabajo. Igualmente, el art. 14 de la L.P.R.L. establece el deber empresarial de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Así pues, existe una obligación legal de las Universidades como empresas contratantes que adquieren con sus empleados. Además, los profesores actúan como ejemplo para que los alumnos incorporen las medidas necesarias en su futuro laboral. La implantación de los Planes de Grado resulta una oportunidad para revisar y corregir instalaciones y métodos y adecuarlos a condiciones más flexibles (tutorizaciones, talleres abiertos, etc.) Sería significativo que dichos Planes contasen desde el principio con el valor añadido de una sensibilidad en la prevención de riesgos laborales. Se estima que se van a producir, o ya lo están haciendo, cambios en lo concerniente a:

                          – actividades y procedimientos de trabajo, con nuevas asignaturas

                          – equipos de trabajo y herramientas, según las necesidades docentes

                           – instalaciones, con nuevos lugares de trabajo

Nos vamos a centrar en la Universidad de Granada, que la tomamos como ejemplo por el conocimiento que de su funcionamiento tenemos. La organización de la Prevención en dicha universidad está perfectamente constituida en materia de prevención, pues el correcto desarrollo de la L.P.R.L. así lo exige. En todas las Universidades supone el establecimiento de un Comité de Seguridad y Salud, como órgano de participación y consulta, constituido por delegados de prevención como representación de los trabajadores y representantes por parte de la Universidad como empresa. La de Granada posee además un Servicio de Prevención propio, aunque de hecho pueda ser externo. Recomendamos a los interesados dirigirse a sus propios servicios de prevención en materia de asesoramiento, pues puede ser que las universidades no hayan establecido un Manual de Autoprotección para todas y cada una de sus facultades y este necesario estudio se realice por fases. No obstante, estimamos que Bellas Artes ha de ser prioritaria, debido al volumen de su actividad física, técnicas, materiales empleados y materias de desecho que produce. De ellas, esencialmente en el área de Escultura, al menos en lo tocante a la universidad de Granada, que hemos tomado como base de nuestro estudio.

2.- Derechos, deberes y reparto de responsabilidades

Existe todo un corpus de literatura legal, a la que normalmente el docente es ajeno. Tenemos que dirigirnos a los especialistas en materia de prevención para asesoramiento, pues, como se suele decir, la ignorancia no nos exime en el cumplimiento de la ley. Entresacamos de la L.P.R.L. como derecho, el de a nuestra integridad física y a una adecuada política de seguridad y salud; y como deber, el de observar las medidas de seguridad y salud que se adopten. El trabajador está obligado a aplicar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad (art.4, 5 y 19.2). Nos curaremos en salud, nunca mejor dicho, si incluimos aspectos básicos de este tema en los respectivos Programas Docentes de las asignaturas que impartamos.

El horizonte de trabajo lo han marcado los nuevos Planes de Estudios, cuya implantación efectiva en la Universidad de Granada arrancará en 2010. Es el momento pues para plantearse dotar de nuevas infraestructuras, reordenar asignaturas y su correspondiente equipamiento. Lamentablemente la formación e información de los docentes en materia de seguridad no es requerida como conocimiento. Consecuentemente, los Programas de sus asignaturas no suelen incluir el tema y este posible vacío se proyecta finalmente en las prácticas de taller. En la universidad de Granada resulta competencia de los departamentos la asignación de tareas para sus integrantes. Es importante para establecer no sólo las funciones, sino también las responsabilidades de cada uno de nosotros. El artículo 41-A) del Reglamento de Régimen Interno de nuestro Departamento de Escultura señala:

Asimismo son competencias del mismo (Departamento): el establecimiento de las tareas de los distintos miembros del Departamento, Profesores y Personal de administración y servicios, así como los becarios de colaboración.

 

3.- Consideraciones iniciales a la evaluación.

Para que este artículo tenga sentido y no quede en un cúmulo de literatura gris, ha de ser práctico. De manera que proponemos un caso a evaluar, para desgranar todas las fases de un sistema de prevención. El caso que vamos a exponer se extraerá de nuestro quehacer cotidiano. No obstante, esta información pretende ser extrapolable a cualquier otra Facultad de Bellas Artes. De manera general, la metodología a seguir en la confección de todo Plan de Prevención son los siguientes:

-Evaluar

-Priorizar

-Mantener activo en el tiempo el sistema de control de riesgos

En principio se aplica el marco general normativo sobre prevención de riesgos laborales (ya sea de legislación nacional, como la vigente en cada Comunidad autónoma) y los que haya menester para el inicio de una actividad (por ejemplo, condiciones de habitabilidad, distribución de energías eléctrica, de gas, etc.) Dicho de otra manera: asegurar que un sitio se adecúa al trabajo a desarrollar, en este caso docente. Este paso se reserva a especialistas en prevención y no a nosotros como profesores. Sólo donde no exista legislación a aplicar -y los huecos en este sentido varían con la actividad-, acometemos una Evaluación inicial de riesgos, sobre:

– Los lugares de trabajo (dónde se imparten nuestras asignaturas)

– Los puestos docentes a evaluar (quiénes lo hacen)

– Las materias que se desarrollan (en qué condiciones se imparten)

Y es en este caso donde nuestra experiencia en la actividad escultórica arroja una vital información. Un método de análisis desarrollado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) se basa en estimar el nivel de riesgo, identificando los peligros. Esto nos corresponde a los docentes, porque estas prácticas las llevamos a cabo nosotros cotidianamente. En ella combinamos la probabilidad que ocurra (el tiempo de exposición a la actividad varía desde continuada a esporádica) con las consecuencias del daño. A la vista de los datos aportados, jerarquizamos las intervenciones correctoras, detallando su valor económico y atendiendo si necesita un seguimiento posterior.

 
Nivel de riesgo
en cada actividad
(asignatura)
Consecuencias
Ligeramente dañino
Dañino
Extremadamente dañino
Probabilidad
Baja
Riesgo despreciable
Tolerable
Moderado
Media
Tolerable
Moderado
Importante
Alta
Moderado
Importante
Intolerable
 
Figura 2. Tabla de probabilidades y consecuencias.
 
Básicamente recabaremos la información de campo mediante: a) reuniones con la administración (Gabinete de Prevención si lo hay), que aporta la documentación legal requerida en su caso; b) con los responsables del Departamento en cuestión; c) con los compañeros docentes de esa asignatura y con los auxiliares de prácticas, si los hay. Es importante la observación empírica de las áreas de trabajo, aplicando las normas que en su caso correspondieran y recogiendo las muestras fotográficas pertinentes. Hemos de examinar los siguientes aspectos:
 
1.- El Taller de escultura como lugar de trabajo.
 
Se entienden por lugares de trabajo no sólo las zonas donde se desarrolla la actividad docente, sino que se incluyen también los servicios higiénicos, locales de descanso, los locales de primeros auxilios y los comedores o cafetería. Es decir, cualquier área en la que los docentes y auxiliares, como trabajadores que son, puedan acceder en razón de su trabajo (R.D. 486/1997). Todos ellos han de ser espacios seguros. Nos centraremos en el estado de los talleres de prácticas, al tener el mayor potencial de riesgos. Hemos de prever diferentes escenarios en su uso: tal vez para labores manuales y/o mecanizadas; posiblemente no se excluya docencia teórica en esos mismos espacios. Asimismo, es probable que se proyecten como espacios multiuso para distintas asignaturas. 
 
Dado el carácter público de la actividad que desarrolla, las construcciones han de cumplir la Norma Básica de Edificación (NBE/CPI 96, R.D. 2177/96), en la que también se contemplan las condiciones particulares para uso docente. Tal vez haya edificios antiguos no adaptados y en este caso, es el arquitecto quien tendrá la facultad y conocimientos. No obstante, conviene que este profesional se muestre permeable a las necesidades y sugerencias de los docentes que finalmente ocuparán el lugar. Algunos requerimientos pueden tener que ver con la luz (ambiental o puntos de luz específicos), con zonas húmedas, con la siempre difícil amortiguación de ruido, con el ancho de vías de circulación y puertas (incluyendo la dirección de su abatimiento), con lugares para unas tutorías más silenciosas, con la altura de la techumbre o el tipo de suelo (que admita golpes y usura continuada), con una amortiguación térmica flexible (en largos períodos de calor, una actividad física produce stress térmico), con la ventilación (forzada, especialmente si se trabaja con químicos), etc. Si nos reunimos varios docentes, podemos seguir formulando preguntas que prevean posibles usos, en aras de una mayor eficiencia del espacio: ¿Puede afectar el tiempo atmosférico en el buen desarrollo de las prácticas? ¿Hay zonas húmedas? ¿Se contempla el uso de electricidad a su alrededor? Es importante en la distribución de los espacios, que se contemple la ley: el R.D. 486/97 y la Norma Básica de Edificación (R.D. 2177/96 art.6.1), donde se especifican la densidad de ocupación de 1 persona cada 1’5 m2, que sube a 5 m2 en locales docentes diferentes a las aulas, como laboratorios o talleres de escultura en nuestro caso. Un lugar densamente ocupado puede implicar confusión visual, alienación individual y dificultades de atención. El taller de prácticas exige además una movilidad constante al profesor.
 
Es responsabilidad del arquitecto aplicar la normativa contra incendios (R.D. 1942/93) y velar para que las instalaciones, aparatos, equipos y sistemas de protección reúnan los requisitos de seguridad. Sin embargo, nos referiremos a algo de lo que sí podremos informarle: el tipo de fuego que se ocasione ¿Qué se puede llegar a quemar? ¿Puede haber combinación con electricidad? Esto puede ayudarle a determinar el tipo de extintores, las mangueras de agua (llamadas BIEs), la resistencia al fuego de puertas y paramentos, etc. Según cómo distribuyamos espacialmente nuestra actividad, así se diseñarán las rutas de evacuación, la colocación de señalización, la ubicación de pulsadores e iluminación de emergencia, etc. Todo eso lo tiene que confeccionar un especialista, pero –y no nos cansaremos de repetirlo- con todos los datos que nosotros le podamos facilitar. Nos tenemos que prestar además a los posibles simulacros de evacuación que se practiquen, pues somos percibidos por los alumnos como la autoridad natural del grupo en horario lectivo. Como hemos indicado con anterioridad, cada centro de trabajo ha de contar con un Plan de Autoprotección (que elaborará cada Universidad), en el que han de colaborar los docentes.
 
2.- Los puestos a evaluar.
 
Los usuarios de los talleres de prácticas son, por lo general:
a) Profesores: al evaluar los riesgos laborales inherentes a su actividad, mejoramos consecuentemente la seguridad de los alumnos. El docente necesita conocimientos específicos en los procedimientos seguros de las materias que imparte. Para ello, tiene derecho a una formación e información que erróneamente se le deja a su propia experiencia.
            b) Auxiliares: el servicio de apoyo en los talleres son genéricamente llamados Personal de Administración y Servicios (P.A.S.) Se dedican a pequeñas reparaciones, revisiones, limpieza de herramientas, etc. y se encargan también de contactar con los servicios exteriores para reparaciones, instalaciones y reposición de energías.
c) Alumnos cuyas asignaturas prácticas se impartan en los talleres. Son la mayoría de las personas que desarrollan la actividad. No podemos decir que trabajan en el sentido contractual del término, pues no reciben salario por su aprendizaje, ni han firmado contrato alguno. No obstante, resultan el colectivo más vulnerable y la razón de ser última de la existencia de dichos talleres. Por eso resulta tan fundamental la información y formación de los que sí son trabajadores. Sin temor a equivocarnos, podemos incluir a los estudiantes en el grupo de personas vulnerables (además de los jóvenes, embarazadas o trabajadores temporales que señala la ley). Respecto a la protección de menores y jóvenes, en su artículo 27 la L.P.R.L. especifica:
 
La evaluación tendrá especialmente en cuenta los riesgos específicos para la seguridad, la salud y el desarrollo de los jóvenes derivados de su falta de experiencia, de su inmadurez para evaluar los riesgos existentes o potenciales y de su desarrollo todavía incompleto.
 
Si bien el artículo se refiere a trabajadores jóvenes, observamos un paralelismo claro con los estudiantes que se inician en el manejo de las máquinas del taller. No obstante, quedan cubiertos por sus correspondientes seguros escolares. Puede haber personas sensibles a determinados riesgos, por sus características personales o biológicas. Incluso puede haber personas con dificultades físicas limitantes aprendiendo en el espacio del taller. No podemos permitir en ningún caso actitudes de heroicidad mal entendida, cuando manejamos las herramientas. Las limitaciones personales de cualquier índole en el manejo de herramientas deberían de espolear un ambiente de comprensión y cooperación mutua.
 
4.- Primer paso: confección de una Ficha de Actividades.
 
Vamos a realizar a continuación un ejercicio práctico sobre los Talleres del Departamento de Escultura de la Universidad de Granada. Con la información que expondremos a continuación estaremos en condiciones de redactar un pequeño, pero eficiente Plan de Prevención. Casi todas las actuaciones descansan, como hemos dicho más arriba, sobre el sentido común y para aspectos técnicos más específicos hemos de dirigirnos a nuestros respectivos gabinetes de salud laboral. Estudiaremos los espacios donde se desarrollan las actividades y a continuación trataremos sobre los procedimientos, materiales y herramientas utilizadas en cada actividad. La siguiente Ficha de Actividades habría que rellenarla para cada taller y para cada asignatura ligada al mismo:
 
 

1
Nº Puestos docentes y de PAS a evaluar
Añadir si hay restricción de acceso u obligatoriedad de uso de equipo de protección individual (EPI)
2
Nº alumnos
Por grupo y totales
3
Actividad principal
P.ej. modelado, vaciado, metales, etc.
4
Descripción de tareas
Ejercicios propuestos y materiales y utillaje a usar.
5
Frecuencia
En horas semanales
6
Lugares de trabajo
Descripción y medición del espacio
7
Formación sobre los procedimientos
Protocolo por escrito para casos de accidentes. Con simulaciones en vivo. Organización del trabajo.
8
Instalaciones, maquinarias y equipos utilizados.
Hacer una ficha identificativa junto al aparato.
9
Herramientas manuales y eléctricas portátiles
Instrucciones del fabricante sobre seguridad
10
Tamaño, forma, carácter de la superficie y peso de materiales a manejar
P.ej. piedra irregular, de 70 kg. con superficie lisa/ punzante/ cortante, etc.
11
Distancia y altura de movimientos que han de efectuarse con las piezas.
 
P.ej. de pie, a la altura del vientre. Hay o no que doblar las piernas/ las lumbares. Peso por encima del hombro, etc.
12
Energías utilizadas
Manual, gas, carbón, electricidad, gasoil, etc.
13
Sustancias y productos utilizados y generados
P.ej. disolventes, mordientes, etc. Restos de astillas, polvo de barro, cascajo, etc.
14
Contenido y recomendaciones del etiquetado de sustancias utilizadas
Ver de cada fabricante
 
Figura 3. Ejemplo de Ficha de actividades (extraída de Gómez Cano, M. 1996: 23)
 
Respecto a las instalaciones, equipo y maquinarias, es conveniente colocar junto a las máquinas-herramientas, fichas plastificadas que informen sobre su uso, a manera de manual del usuario. Si las máquinas son antiguas esto es legalmente imprescindible. Estas fichas vienen a complementar la falta de marcado CE (R.D. 1435/92) y/o de puesta en conformidad (R.D.1215/97). De este apartado se excluyen las herramientas eléctricas de mano. Las presentes en un taller medio de escultura son: tronzadora, cizalla, curvadora, plegadora, guillotina, soldadora (eléctrica de arco voltaico, de gas propano, Tig, de puntos o de argón), sierras sin fin para madera y para metal, cepilladora para madera, taladro de banco, pulidoras de columna, amoladora, etc. Las herramientas eléctricas manuales de las que dispone un taller medio son por lo general: radiales para metal y piedra, abrillantadora de metal, recortadora de chapa, soldadora portátil de puntos, hornillo y soplete de gas, soldadora de estaño, taladros, sierras de calar, de ingletear y circular, lijadora, cepillo eléctrico, grapadora profesional, etc.
 
Ficha:
fotografía identificativa
Nombre:
 
Servicio:
sirve para…
Limitaciones:
no sirve para…
Principales elementos:
 
Accesorios:
 
Protocolo de uso:
con el máximo detalle y mostrando un ejemplo en vivo
Exposición a riesgos:
puede ocurrir…
Equipo de protección individual a usar:
hay que ponerse…
 
Vínculos con otras herramientas:
 
 
Figura 4. Ejemplo de Ficha de información para máquinas herramientas, sin marcado CE, aunque es muy didáctico colocar una pequeña cartela también en las nuevas, a modo de manual rápido de consulta.
 
 
La herramienta principal para el artista sigue siendo la mano, pero muy auxiliada por herramientas manuales y eléctricas portátiles. La relación sería muy prolija: desde martillos con diversos cotillos y pesos, hasta sierras, llaves, sufrideras, remachadoras, cinceles, gubias, etc. Cualquiera puede provocar cortes y quemaduras leves, aplastamientos, erosión en las manos, salpicaduras o atrapamientos de ropa. Algunas se usan en caliente como las espátulas para cera o los sopletes para el pavonado del metal. Debamos advertir que las herramientas eléctricas portátiles suelen representar la fuente de mayor número de incidentes, aunque no los más severos. Las radiales generan ruidos y peligro de cortes, rotura del disco y proyección de material. Las soldadoras producen a tiempos prolongados cansancio ocular, radiaciones nocivas en la piel y quemaduras por chispas. Los taladros tienen peligro de rotura de brocas, usura de piel en contacto con partes móviles y proyección de material. Las desbarbadoras pueden despedir cerdas metálicas. Otros riesgos resultan menos evidentes y por tanto, más difíciles de prevenir. Por ejemplo, el azadón y la pala para remover el lecho de arena de una fundición de bronce pueden provocar traumas lumbares. Asimismo, las gomas de las herramientas neumáticas se comportan como auténticos látigos, si se sacan de los enchufes rápidos cuando aún contienen presión. Incluso enderezar un clavo mal fijado a un tornillo de banco puede hacerlo saltar. En definitiva, como un compañero llegó a comentar, quien más trabaja en un taller de escultura definitivamente es el ángel de la guarda.
También hemos de chequear los posibles incidentes que pueden derivarse del tamaño, forma, carácter de la superficie y peso de los materiales a manejar. Por ejemplo, la manipulación de láminas de metal, sus picos, cortes o punzonados en piel o en ojos. El peso de las pellas de barro y de la piedra resultan una fuente potencial de traumas músculo esqueléticos. Incluso en vaciado, el tamaño y peso de los negativos contrasta con su fragilidad y obliga a adoptar posturas poco ergonómicas. Igualmente, el tamaño de muchas piezas de escultura se sitúa por encima de los 25 k. y se tienden a moverlas sin pedir ayuda. Además, puede haber manipulación en caliente, en húmedo o en mojado.
Los metales no férricos como el cobre o latón no desprenden chispas en su mecanizado, por lo que tendemos a mostrarnos más confiados en su manipulación. Clavos, tornillería y alambres se muestran punzantes y posiblemente estén oxidados. Vidrios y cerámicas se muestran cortantes por los bordes y son frágiles. La química de los plásticos es variadísima y su manipulación en caliente desprende gases tóxicos. En ningún caso se debe mezclar acelerante y catalizador, por su violenta reacción. Estas sustancias, junto a los disolventes orgánicos, deben emplearse lejos de fuentes de calor y en zonas bien ventiladas. Es imprescindible seguir rigurosamente las advertencias de fábrica.
 
Todo cansancio (sea térmico, acústico o músculo esquelético) termina por distraer nuestra concentración y puede generar situaciones de riesgo. La escultura aúna peso y fragilidad, por lo que el traslado resulta lento y delicado. La distancia y altura de movimientos que han de efectuarse con las piezas escultóricas es también muy variado. ¿Hay que agacharse? ¿Se flexionan las piernas para hacerlo? ¿Hay que elevar la obra, las manos o una herramienta por encima del pecho? ¿Hay que separarlo del cuerpo? Si nos podemos caer, ¿lo hacemos al mismo nivel o a diferentes alturas? La escultura tiene el gran inconveniente del peso. Con ello, quien ha de moverse no es ésta, sino el escultor. Por tanto, la incomodidad de las posturas ni resulta infrecuente, ni tampoco momentánea. Es posible que al principio se nos abran las muñecas por el peso y el esfuerzo continuo. Si las obras han de moverse con los brazos despegados del cuerpo o alzados, realizamos un mayor esfuerzo. Asimismo, operar en cuclillas es más inestable y forzado que con una rodilla en tierra.
Aunque la electricidad sea una energía técnicamente con estándares de seguridad muy altos, su constante uso conlleva una gran posibilidad de fallo. Los efectos para el organismo pueden ser directos (quemaduras, contracciones musculares, inhibición de centros nerviosos, etc.) o indirectos: caídas, cortes, choques, etc. Por ejemplo, las alargaderas pueden ser motivo de tropiezos y provocar otros daños, si además trabajamos con una herramienta entre las manos.
El almacenamiento del material y de las obras a medio concluir no parece un problema menor. Dado que un taller de prácticas se suele usar por diferentes grupos en distintos horarios, debemos gestionar racionalmente el espacio. Es imprescindible el orden y la limpieza y la gestión racional de los desechos evitará ulteriores problemas. Se generan virutas por el mecanizado, despieces por tronzado, desguaces por aprovechamiento de uno o varios elementos de un objeto, etc. Manipulando objetos, en la mayoría de las ocasiones los desechos son compuestos complejos y difíciles de determinar en peso y forma. Pueden aparecer junto a otras sustancias como pintura, plásticos o bien contener óxidos. El barro genera polvo muy fino, la madera y piedra produce lascas, aserrín, virutas y polvillo que tapiza los pulmones y puede ser irritante, o incluso nocivo si se trata de granito. El uso de papel genera desechos combustibles, la fragua genera hollín y cenizas de carbón; la fundición también produce gran cantidad de desechos y escorias de chamota o moloquita. En procesos de vaciado con poliéster las sustancias son tóxicas o irritantes (fibra de vidrio) y las cargas de sílice pueden provocar silicosis. El trabajo con morteros de yeso o similares provoca sólidos inertes. Además, en casi todos los procesos generamos desperdicios, como cubetas de plástico rotas, brochas secas, etc. Todo este panorama ha producido un perfil del escultor ruidoso y sucio, del que quizás no hagamos lo suficiente para desprendernos. Para contrarrestarlo, hemos de emplear un sistema racional de contenedores para residuos. Definitivamente, el orden y la limpieza tendrían que ser las señas de identidad de un taller de prácticas que emplease métodos seguros.
 
 
Figura 5. Los talleres de prácticas escultóricas en Bellas Artes y algunas de las máquinas y herramientas más usadas.
 
5.- Segundo paso: la Ficha de Identificación de Peligros y Estimación de riesgos.
 
Tras la elaboración de la Ficha de actividades (ver figura 3) salen a la luz los diversos riesgos que tenemos que controlar. Las situaciones de peligro pueden proceder tanto de circunstancias (materiales, ambientales o procesos productivos), como de actuaciones inseguras. A partir de la información recogida, confeccionaremos un listado (llamado en la jerga prevencionista check list), incluyendo además los puntos necesarios de comprobación periódica, en una tabla de identificación de peligros. Recordemos que, si bien es posible que las condiciones en los talleres sean en general aceptables, cuando identifiquemos algo como riesgo importante, no debemos comenzar la actividad hasta su rectificación.
 
Listado de posibles riesgos detectados
Nivel de riesgo
(en relación a Tabla 2)
Riesgos de caída de personas/objetos al mismo/distinto nivel
Trivial
Atrapamientos/ Cortes por objetos o herramientas/ proyección partículas
Tolerable
Suelo no limpio/resbaladizo/ Presencia de cables u objetos en el suelo
Tolerable
Espacios inadecuados/ Zonas peligrosas no señalizadas
Importante
Zonas de paso con objetos acumulados/ Zonas de paso no delimitadas
Tolerable
Aberturas o huecos con riesgos de caídas de personas y objetos
Tolerable
Falta señalización de obligación de equipos de protección individual (EPI)
Moderado
Manutención no periódica de las herramientas
Tolerable
Separación insuficiente entre máquinas/ Número de usuarios excesivo
Moderado
Contactos térmicos/ eléctricos/ Vibraciones
Tolerable
Posibilidad de asociación electricidad/ humedad
Tolerable
Cableado con empalmes, sin anti-humedad o sin toma de tierra
Tolerable
Desecho inadecuado de residuos
Moderado
Inhalación/ingestión/Contacto de sustancias nocivas
Trivial
Iluminación pobre/ deslumbramientos
Trivial
Medios lucha antiincendios inadecuada/ Riesgo de incendio/ Lugares de evacuación taponados/ Riesgo de explosión
Importante
Fatiga física/ Fatiga visual/ auditiva/ stress térmico
Tolerable
Etc.
 
 
Figura 6. Ejemplo de Ficha de identificación de peligros y estimación de riesgos (Modificado del I.N.S.T.H. 1995:35)
 
 
 
Figura 7. Sierra de cinta para madera, debidamente señalizada. Resulta extremadamente peligrosa, de manera que queda restringido su uso sólo para personal cualificado.
 
6.- Tercer paso: el Plan de control periódico.
 
Vamos a mostrar un ejemplo de una hipotética intervención priorizada, a partir de la ficha anterior. La asignación de los recursos económicos ha de tenerse en cuenta, siendo tal vez interesante un plan sistemático de inversión en varias etapas.
 

Intervención
Asignatura
Lugar
Prioridad
Coste aprox.
Medios humanos
Seguimiento
Mantenimiento
Plan de Prevención
Todas
Todos
1 Prioritario
 
cuantificar
 Gabinete Prevención
Fomento uso protección individual
todas
Todos
2 Prioritario
 
 
Auxiliares taller
Modernización parque máquinas herramientas
Metales
Otros procesos
Pabellón fundición
Pabellón multiusos
3 Prioritario En fases
 
 
Instalador
Almacenamiento correcto gases
Metales
Otros procesos
Pabellón multiusos
4 Prioritario
 
 
Auxiliares taller
Homologación pequeñas instalaciones de gas
Metales
Otros procesos
Pabellón multiusos
Patio intermedio
5 Prioritario
 
 
Instalador
Mantenimiento compresor aire
Talla y moldes
Exterior Pabellón fundición
6 Prioritario
 
 
Instalador
Fomento del orden y de limpieza y uso de contenedores
todas
Todos
7 Prioritario
En fases
 
Auxiliares taller
Reordenación espacios
Todas
Todos
8 Secundario
En fases
 
Auxiliares taller
No
Señalización
Metales
Otros procesos
Talla y Moldes
Pabellón multiusos
Pabellón fundición
9 Secundario
 
Comisión seguridad
No
Nivel de iluminación en máquinas
Metales
Otros procesos
Talla y Moldes
Pabellón multiusos
 
10 Secundario
 
 
Auxiliares taller
Ruidos
Metales
Otros procesos
Pabellones metales y multiusos
11 Secundario
 
 
Gabinete Prevención
Etc.
 
Figura 8. Ejemplo de Ficha de intervenciones correctoras.
 
 
 
Figura 9. Líneas de evacuación marcadas en el suelo, que sirven a su vez como ordenamiento del espacio del aula.
 
7.- Discusión
 
Hemos analizado los aspectos anteriores desde el ámbito de la Escultura obviando otras parcelas potencialmente peligrosas, como Restauración, Pintura, Grabado, Fotografía, etc. Cada área mantiene su correspondiente particularidad y sería una labor que desbordaría un artículo de divulgación académica el analizar todas ellas.
Somos conscientes que el panorama legislativo es mucho más amplio que el mostrado. Sin embargo, hemos evitado la literatura legal y lo hemos simplificado en aras de la claridad. Igualmente sabemos que la prevención se enfrenta a costes de tiempo y dinero y tales inversiones no siempre estamos dispuestos a asumirlas de buen grado. De hecho, la propia concienciación sobre el tema ya resulta árida. Este campo resulta poco gratificante en general, pues el éxito estriba precisamente en que no ocurra nada.
No queremos dar la impresión que una vez realizado el ejercicio que proponemos, la cuestión de la prevención en el taller quedarán definitivamente resuelta. El control de los riesgos ha de ser constante y eso requiere de gran generosidad por nuestra parte, sin esperar recompensa alguna.
 
8.- Conclusiones
 
a) Es necesario por ley fomentar una cultura de la prevención participativa. Estamos en departamentos universitarios y ofrecemos un servicio público, inmersos además en ese mismo público. El Preámbulo de la ley de Prevención de Riesgos Laborales aspira a mejorar progresivamente las condiciones en el trabajo. Su deseo de universalizar el problema preventivo es tal, que incorpora una novedad: la de aplicarse en el ámbito de las administraciones públicas. Ésta es la razón por la cual nos afecta directamente.
b) Tenemos que aunar la práctica artística con métodos de trabajo seguros, esto es, hermanar la prevención sin merma de la creatividad. Del panorama general, deducimos que tenemos mucho por recorrer. Es ineludible que asumamos la prevención como un capítulo más en nuestra docencia artística.
c) Lamentablemente, el accidente no avisa y debemos desterrar la desidia y sustituirla por hábitos correctos de trabajo. Educar a los alumnos significa que las medidas de prevención son eficaces cuando están dispuestos a perder el tiempo poniéndolas en marcha. Deseamos que el presente estudio sea un punto inicial en su implantación y constante armonización. Esperemos que así sea.
 

 

Una propuesta de diseño bajo la óptica de la Prevención laboral.
Bibliografía:

Berlinguer, J. (1996) Conflictos y orientaciones éticas en la relación entre salud y trabajo. En: Revista Española de Salud Pública. Nº 70 Julio-Agosto (4). Pág.368 Cárcoba, A.C. (1996) Salud laboral y Ley de prevención de riesgos laborales. En: Revista Española de Salud Pública. Nº 70 Julio Agosto, (4). Pág.468 Comisiones Obreras (1997) Salud Laboral. En: Boletín informativo. Sección Sindical de la Universidad de Granada. Noviembre. Págs. 25-26 Univ. Granada. Gabinete de Prevención y Calidad Ambiental (1998) Salud y seguridad. Boletín del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Universidad de Granada nº 0. Mayo. Pág.12 Univ. Granada. Gabinete de Prevención y Calidad Ambiental (1999) Cuestionario sobre prevención en la Universidad de Granada. Servicio de Prevención de Riesgos laborales de la Universidad de Granada. En soporte informático. Gómez Cano, M. y otros. (1996) Evaluación de riesgos laborales. Madrid: INSHT Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (I.N.S.H.T.) (1995) Evaluación de riesgos. Madrid: Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (I.N.S.H.T.) (1998) Manual sobre la Evaluación de las Condiciones de Trabajo para pequeñas y medianas empresas. Madrid: Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. R.D. 1435/92 Armonización sobre uso de máquinas en la C.E. R.D. 1942/93 Reglamento de instalaciones contra incendios R.D. 31/95 Ley de prevención de Riesgos Laborales R.D 2177/96 Norma básica de edificación R.D. 486/97 Disposiciones reguladoras de los lugares de trabajo R.D. 1215/97 Disposiciones de uso de equipos de trabajo

9.- Apéndice bibliográfico: Normativa de la legislación española que afecta a los talleres de prácticas de Bellas Artes
 

Factor de riesgo
Ley, guía, normativa
Aspectos que trata
Incendio
R.D. 486/97
Norma básica de edificación NBE-CPI/91, 82 y 96 (R.D. 279/91; asimismo R.D. 1587/82, R.D.2177/96 respectivamente)
R.D. 485/97
 
R.D. 1942/93
 
R.D. 2413/73 y ITC MIEBT 026
 
 
Orden 29.11.84 B.O.E. 26.02.85
Lugares de trabajo
Norma básica de edificación Condiciones de protección contra incendios en edificios
 
 
Disposiciones mínimas en materia de señalización
Reglamento de instalaciones contra incendios RIPCI
Reglamento electrotécnico de baja tensión e Instrucción T.C. para locales con riesgo de explosión
Manual de autoprotección
 
Almacenamiento
y distribución de combustible sólido, líquido o gaseoso
R.D. 1244/79, modificado por R.D.507/82,R.D.473/89
Y 1504/90
R.D. 1849/00
R.D. 668/80, modificado por R.D. 3485/83 y derogado por R.D.379/01
R.D. 1427/97
 
 
 
 
R.D. 1853/93
 
R.D. 1078/1995 02.07 y Orden 20.02.95 actualizada.
R.D. 363/1995 (10.03)
 
 
 
 
Almacenamiento de productos químicos
 
Almacenamiento de carburantes y combustibles líquidos para el consumidor. Instalaciones industriales fijas (hornos, quemadores, etc.) Instalaciones para combustibles para calefacción.
Reglamento de instalaciones de gas en locales de uso doméstico, colectivos o comerciales
Clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos
Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas
Instalaciones eléctricas
R.D. 2413/73 20.09
MIE-BT MIBT-026 R.D.400/1996
Reglamento electrotécnico de baja tensión. Instrucciones técnicas complementarias.
 
Aparatos a presión
R.D. 1244/79
I.T.C MIE-APQ 005
 
 
I.T.C MIE-APQ 007
I.T.C MIE-APQ 017
Reglamento de aparatos a presión
Almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión. De líquidos inflamables.
Extintores de incendios
Instalaciones y tratamiento de aire comprimido
Máquinas herramientas
R.D. 1215/1997 18.07 y norma interior 89/656/CEE
R.D. 1849/2000 10.11
R.D. 1435/1992 27.11, modificado por R.D. 56/1995 20.01
R.D. 773/97
Guía del I.N.S.H.T.
Disposiciones mínimas para el uso por los trabajadores de equipos de trabajo
Reglamento de seguridad en máquinas.
Aproximación de legislaciones de los estados miembros de la CE sobre máquinas
Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativa a utilización de equipos de protección individual
Lugares de trabajo
R.D. 486/1997 14.04
 
R.D. 2177/1996 04.10. BOE 29.10.96
R.D. 1316/1989
Disposiciones de mínimos de lugares de trabajo
Norma Básica de edificación
Ruidos
Señalización
R.D. 485/97 y Guía del INSHT
R.D. 363/95
Señalización
Reglamento sobre envasado y etiquetado de sustancias peligrosas
Orden y limpieza
R.D. 486/1997 14.04
 
 
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en centros de trabajo
 
Residuos
Ley 10/1998 21.04.
Decreto 283/95 21.11
L7/94 Andalucía
Residuos y su tratamiento
Reglamento de residuos en la Comunidad de Andalucía

 
 
 

Número 9

Diciembre 2009
Joaquín SÁNCHEZ RUIZ; Pedro CHACÓN y Miguel A. ALVIRA
Profesor U. de Granada, Becario U. de Granada y Profesor U. Zaragoza (miembro de AACA y AECA)
Fecha de recepción: 25/11/09
Fecha de aceptación: 29/11/09
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